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El impuesto del 100% a extranjeros no UE: estado real 2026

2026-08-26

Cuánto cobra el notario al vender un piso en Alicante 2026

Si tenéis un piso en Alicante y lleváis meses escuchando hablar del "impuesto del 100% a los compradores extranjeros", es momento de aclarar qué hay de cierto en esto y qué no. La provincia de Alicante, con un peso muy relevante de comprador internacional —incluidos muchos británicos, que ya no son ciudadanos de la Unión Europea tras el Brexit—, es una de las zonas de España donde esta noticia generó más preocupación entre propietarios y agentes inmobiliarios.

En este artículo os contamos, con datos verificados a mediados de 2026, cuál es el estado real de esta propuesta, por qué se anunció, qué ha pasado desde entonces, y qué significa todo esto si estáis pensando en vender vuestro piso a un comprador extranjero.


De dónde viene esta propuesta

El 13 de enero de 2025, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció un paquete de doce medidas para abordar la crisis de acceso a la vivienda en España. Entre ellas, la que más repercusión internacional generó fue la propuesta de aplicar un impuesto de hasta el 100% sobre el valor de las viviendas adquiridas por compradores no residentes de fuera de la Unión Europea, especialmente en el mercado de segunda mano.

El planteamiento no se presentó como una medida recaudatoria, sino como una barrera disuasoria: el Gobierno señaló que en 2023 los compradores no residentes de fuera de la UE adquirieron unas 27.000 viviendas en España, muchas de ellas, según el argumento oficial, no para residir sino con fines especulativos, lo que contribuiría a expulsar a la demanda local en determinados mercados costeros y en las grandes capitales.


Qué ha pasado desde el anuncio: el estado real en 2026

Aquí es donde conviene separar el titular de la realidad legislativa. A fecha de abril de 2026 —quince meses después del anuncio original— el proyecto de ley no ha sido debatido ni una sola vez en el Congreso de los Diputados. No se trata de una ley en vigor, ni de una norma que esté aplicándose a ninguna compraventa actual: es, hasta el momento, un anteproyecto que no ha avanzado en su tramitación parlamentaria.

La razón principal es aritmética: el Gobierno, en minoría parlamentaria, no cuenta con los votos necesarios para sacar adelante esta medida, cuya base jurídica además ha sido cuestionada tanto desde el punto de vista constitucional como desde la normativa europea de libre circulación de capitales.

La señal más clara de que esta propuesta ha perdido fuerza política no vino de la oposición, sino del propio Gobierno. En enero de 2026 —doce meses después del anuncio inicial— se aprobó un nuevo Real Decreto-Ley de reforma habitacional. Este paquete, centrado en incentivos fiscales para propietarios que renueven contratos de alquiler sin subir el precio, restricciones a los alquileres de temporada y de habitaciones, y un plan de vivienda asequible en Madrid, no incluyó el impuesto del 100% entre sus medidas principales. El proyecto quedó, en la práctica, aparcado.


Qué significa esto para vosotros como vendedores en Alicante

El impuesto del 100% no está en vigor y ningún comprador extranjero no comunitario debe pagarlo hoy. Las normas fiscales aplicables a la compra de una vivienda en España por parte de un no residente —incluido un comprador británico, estadounidense o de cualquier país fuera de la UE— siguen siendo las mismas que existían antes de este anuncio.

Esto es una buena noticia si vuestro piso en Alicante tiene un perfil atractivo para el comprador internacional no comunitario, particularmente el británico, uno de los grupos históricamente más activos en la Costa Blanca. La incertidumbre generada por los titulares de 2025 pudo haber frenado a algunos compradores por precaución, pero la realidad legislativa de 2026 no respalda esa cautela: la operación de compra sigue funcionando exactamente igual que antes del anuncio.

Conviene, aun así, mantenerse informado. El proyecto sigue existiendo en el Congreso, aunque paralizado, y no puede descartarse por completo que en el futuro avance en una versión modificada si cambia la situación parlamentaria. Si estáis negociando con un comprador no comunitario y surgen dudas sobre este tema, lo más recomendable es que tanto vosotros como el comprador consultéis con un asesor fiscal especializado en no residentes antes de firmar cualquier documento, para confirmar la situación vigente en el momento exacto de la operación.


Lo que sí sigue aplicando a los compradores no comunitarios

Aunque el impuesto del 100% no está en vigor, es importante recordar que los compradores no residentes —comunitarios o no— sí tienen obligaciones fiscales reales y vigentes al adquirir y mantener una vivienda en España, que no han cambiado con este debate: el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales o IVA en la compra, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes con la renta imputada anual aunque la vivienda esté vacía, y el IBI municipal, entre otros. Estas obligaciones son las mismas de siempre y no guardan relación con la propuesta paralizada del 100%.


Por qué esta claridad importa si estáis vendiendo

En un mercado como el de Alicante, donde una parte muy significativa de los compradores son extranjeros, la desinformación sobre impuestos puede generar dudas innecesarias tanto en vendedores como en compradores potenciales. Tener claro que esta medida no está en vigor os permite negociar y comunicar con seguridad, sin transmitir una preocupación que no tiene respaldo legal actual.

Si estáis valorando vender vuestro piso y el perfil de comprador que buscáis es internacional, seguir de cerca la actualidad regulatoria —como hacemos en este blog— es tan importante como conocer el valor real de vuestra propiedad.

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